
19 de mayo de 2012
Tal como lo veníamos reclamando desde AMSAFE, en cuanto a la ampliación del beneficio de licencia por maternidad, en claro reconocimiento de los derechos de las madres docentes, se firmó el jueves 29 de enero el Decreto N° 118/09 estableciendo que: "los docentes gozarán de licencia por maternidad, con percepción de haberes, por un lapso de 135 días corridos en total". Se transforma en un avance en nuestras condiciones de trabajo.
Con el objetivo de "garantizar la integridad de los 135 días fijados", La norma establece que “los docentes gozarán de licencia por maternidad, con percepción de haberes, por un lapso de 135 días corridos en total”, la cual “deberá iniciarse con una anticipación máxima de 45 días y mínima de 30 días a la fecha probable” del parto. “En este último supuesto, el resto del período total de licencia se acumulará al descanso posterior al parto”. En consecuencia el decreto especifica que en caso de parto prematuro se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los 135 días.
La normativa también apunta al amamantamiento y establece que se "podrá disponer de un descanso de una hora para amamantar, en el transcurso de la jornada de trabajo, por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento". La modificación se debe a que el límite temporal fijado hasta que el niño cumpla 6 meses no se adecua a las prescripciones de la ley de Contrato de Trabajo.
Fuente. Rodrigo Alonso / Secretaría de Prensa AMSAFE La Capital